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CERTIFICACION LABORAL PROCESO Y PROCEDIMIENTOS Este memorando resume el proceso de certificación laboral e identifica los pasos necesarios que debemos tomar para preparar su Aplicación de Certificación Laboral, y por último obtener su "green card" (residencia legal permanente). Para que un empleador obtenga la visa de inmigrante para un empleado, la ley de los Estados Unidos requiere que el empleador solicite una certificación por parte del Departamento de Trabajo (DOL) en la que se indique que no existen trabajadores americanos calificados para ocupar la posición del trabajador extranjero y que el empleo no afectará adversamente los salarios y condiciones de trabajo de trabajadores americanos en posiciones similares. Este proceso de "certificación laboral" se lleva a cabo reclutando posibles opciones para ocupar la posición y llenando una Solicitud para Certificación de Empleo para Extranjero (ETA 750) con el delegado del Departamento de Trabajo, la Agencia Estatal de Seguridad Laboral (SESA). El proceso de certificación laboral requiere que el empleador haga un anuncio para la ocupación de esta posición. Usualmente la SESA requiere un anuncio en un periódico local de circulación general por tres días consecutivos. Algunas posiciones pueden requerir anuncios en una emisión de publicación de especialidad. El objetivo de la SESA es lograr que el empleador anuncie en un sitio que sea de fácil alcance para los trabajadores estadounidenses. Existen dos métodos para tramitar las solicitudes de certificación laboral, el método regular y el de reducción del reclutamiento en el método de "exoneración". Nosotros consideramos que este caso califica para el método de "exoneración". La diferencia básica entre los dos métodos es la siguiente: En el método regular, la forma ETA llena se la envía a la SESA que luego nos sugiere las guías para los anuncios. La "fecha de prioridad" del extranjero, o el lugar en la lista de espera para la visa de inmigrante, que se establece por la fecha de envío. En los casos de exoneración, nosotros no estamos en contacto con la SESA hasta que se hayan completado los anuncios y tengamos plenamente documentados los resultados del reclutamiento. La forma ETA junto con la información de la contratación, es luego enviada a la SESA. En los casos de exoneración, la fecha de prioridad del extranjero se establece también por la fecha de envío del caso. En los casos de exoneración debemos estar seguros que el salario ofrecido está dentro del rango de "salario general" para la posición. Por este motivo el empleador debe estar seguro que el salario es un salario típico para la posición con los años de experiencia requeridos. En los casos de exoneración, nosotros debemos anticipar el tipo de anuncio/contratación que la SESA ha requerido durante el proceso regular. El formato de este anuncio debe incluir cierta información contenida en la forma ETA 750. Aún cuando el empleador haya anunciado previamente para esta posición, se debe hacer un anuncio adicional para asegurarnos que estamos cumpliendo con las Regulaciones Federales pertinentes a certificaciones laborales. Para la reducción en casos de reclutamiento, debemos mostrar un patrón de reclutamiento. Esto se hace anunciando en varios lugares en un periodo de tres a seis meses, dependiendo de la parte del país en la que se localice la posición. Una vez que la serie de anuncios haya sido publicada, debemos esperar treinta días (el "periodo de contratación") antes que la forma ETA y los resultados del reclutamiento puedan ser enviados a la SESA. La SESA revisará la forma ETA y los resultados del reclutamiento, y los reenviará al Departamento de Trabajo de los EEUU en Atlanta donde se toma la decisión acerca de la certificación laboral. El Departamento de Trabajo maneja los casos de exoneración rápidamente, de manera que podemos esperar obtener una decisión en menos de doce meses. La aplicación usando el método regular puede tomar de 18 a 28 meses para ser adjudicada por eso preferimos el método de exoneración cada vez que es posible. Una posible desventaja del método de exoneración es que el DOL puede dictaminar que el mercado laboral no ha sido probado satisfactoriamente. Si esto ocurre, podría representar un segundo periodo de reclutamiento con anuncios adicionales. Es poco probable que esto ocurra ya que los anuncios que usamos en casos de exoneración reúnen los requisitos estándar del DOL para anuncios bajo los procedimientos normales de certificación laboral. Y aunque esto ocurra, sin embargo, estaremos al menos seis semanas adelantados si comparamos con el método "regular". Los solicitantes que respondan al anuncio deberán enviar sus hojas de vida directamente al empleador. Cualquier trabajador estadounidense calificado y disponible que responda debe ser rechazado sólo por razones laborales aceptables. No es suficiente que el extranjero sea el solicitante más calificado; si cualquier trabajador estadounidense reúne los requisitos mínimos aplica para la posición, el no ofrecerle la plaza de trabajo a ese trabajador estadounidense puede resultar en la negación de la aplicación. A menudo, muchos solicitantes no reúnen los requisitos mínimos y pueden ser rechazados sin una entrevista. El empleador debe enviar todas las hojas de vida al Departamento de Trabajo y llevar registros por escrito de los solicitantes que no reunieron los requisitos mínimos. Nosotros ayudamos al empleador en estos procedimientos de revisión ya que el DOL aplica una rígida práctica en cuanto al formato. El empleador puede rechazar a un trabajador estadounidense por su hoja de vida, sólo si claramente no reúne los requisitos mínimos establecidos en la descripción del trabajo de la forma ETA. Por lo tanto, si la hoja de vida es inadecuada para ese propósito, el empleador debe ocasionalmente entrevistar a los solicitantes. Cuando estamos en la fase de reclutamiento, enviaremos instrucciones detalladas al empleador referentes a la revisión de los currículos, cómo conducir las entrevistas y el envío de cartas de rechazo. Aproximadamente de cuatro a doce meses después que el DOL revisa la solicitud completa, debemos recibir una decisión. Si el trabajo se lo considera inusual; por ejemplo, que requiere de una combinación no acostumbrada de destrezas, el empleador podrá recibir una Notificación de Descubrimientos, sugiriendo que el DOL negará la certificación laboral a menos que el empleador pueda documentar, con testimonio y evidencia de terceras personas, por qué el empleador está buscando un individuo con estos requisitos particulares. Una vez que esta evidencia haya sido enviada (usualmente dentro de pocas semanas de la Notificación), la decisión del DOL es emitida relativamente rápido, dentro de seis a ocho semanas. Inmediatamente después de la aprobación de la solicitud de certificación laboral, prepararemos y enviaremos una Petición de Visa de Inmigrante al Servicio de Inmigración a nombre del trabajador extranjero. El tiempo de procesamiento de la petición es de alrededor de 60 a 360 días. Después de la aprobación de la petición de visa de inmigrante, preparamos y enviamos las Solicitudes para Residencia Permanente ("aplicaciones para green card") para el extranjero y su familia. El tiempo de procesamiento es de 12 a 24 meses actualmente. Los privilegios de empleo y viaje están disponibles para el trabajador extranjero y cada miembro de su familia mientras estén pendientes las solicitudes de residencia. |
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