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Manteniendo Estadía de Residencia Permanente Legal (LPR, por sus siglas en Ingles) Un residente permanente (poseedor de una "tarjeta verde ") que pasa periodos largos de tiempo fuera de los Estados Unidos debe tomar precauciones cuidadosas para mantener su estado permanente de residencia. La tarjeta verde es una visa de "usarlo o perderlo ". Ausencias prolongadas de los Estados Unidos pueden presentar problemas al volver, así como el Servicio de Naturalización e inmigración (INS, por sus siglas en Ingles) pueden considerar que el residente que vuelve ha "abandonado " su estado legal. La categoría de residencia permanente esta conferida por la admisión legal a los estados unidos como un residente bajo las provisiones del sistema de selección del inmigrante dicho en el Acto de Nacionalidad e Inmigración ( "el Acto "). No hay nada en al Acto que le requiere a INS a conducir un repaso periódico para saber si el LPR ha mantenido residencia permanente estando en los Estados Unidos. Así, al menos que el LPR manifieste, ya sea por expresión o por comportamiento, la intención de renunciar o abandonar la categoría permanente de residencia, típicamente preguntas del mantenimiento de la categoría no salen a la luz hasta que el LPR se haya ido de los Estados Unidos y le haga una aplicación a CIS para ser readmitido en un puerto de entrada estadounidense, generalmente un aeropuerto estadounidense. Cualquiera, sin importar su categoría, se supone ser un inmigrante con intención por ley al aplicar por admisión a los Estados Unidos. Es, entonces, necesario que el residente permanente que vuelve tenga un documento dándole derecho a volver a entrar a los Estados Unidos de tal categoría. En muchos casos esto será uno de tres tipos de documentos: (a) una visa inmigrante, por ejemplo, una estampa de visa LPR en el pasaporte puesta por un consulado estadounidense; (b) una tarjeta de recibo de registro; (c) un permiso de volver a entrar. Ningunos de estos documentos, sin embargo, otorgan un derecho absoluto de volver a entrar o garantiza admisión a los Estados Unidos. Un permiso de volver a entrar o tarjeta de recibo de registro solo autoriza el volver a entrar si el individuo que vuelve verdaderamente califica como inmigrante a los Estados Unidos. Si el CIS descubre que la ausencia en el extranjero no era temporánea y que la categoría de residencia permanente ha sido abandonada, pueden concluir que la persona volviendo no tiene derecho a entrar a los Estados Unidos. En esa situación, es probable que se le de la oportunidad de retirar la aplicación de entrada o se le puede dar una "inspección deferida " en la oficina de CIS mas cercana al destino en los Estados Unidos, o, si CIS le niega la entrada, se le puede dar horario para recibir una audiencia de exclusión ante un juez de inmigración. Un permiso de volver a entrar, lo cual le permite a un LPR que este fuera de los Estados Unidos hasta dos años, es un documento importante para volver a entrar. Sin embargo, el individuo debe aplicar por el permiso para volver a entrar al estar todavía en los Estados Unidos y el derecho esta basada en la determinación de CIS que el inmigrante haya sido admitido legalmente para residencia permanente y que el o ella busca el permiso en conexión con una ausencia en el exterior de buena fe. Para obtener un permiso para volver a entrar, se archiva el formulario I-131 de INS, junto con su tarjeta de residencia y dos fotografías. Los permisos para volver a entrar son validos por dos (2) años de la fecha de entrega y en circunstancias apropiadas pueden ser renovadas; son evidencia fuerte, pero no conclusiva, de que la persona no ha abandonado su residencia permanente durante el periodo de la validez del permiso. No aplique por un permiso para volver a entrar sin hablar conmigo primero. Hay algunos problemas con esto que debemos de discutir. La tarjeta de recibo de registro puede ser presentada por un residente permanente legal al volver solo si al persona esta volviendo después de una ausencia "temporaria " en el exterior, sin exceder seis (6) meses. Sin embargo, volver dentro de seis (6) meses es solo un requerimiento mínimo para mantener la categoría legal de residencia permanente. Hay una creencia común que volver a los Estados Unidos una vez por año es suficiente para mantener residencia permanente. Esto no es correcto. Tal entrada es necesaria si el LPR no posee un permiso de volver a entrar, pero no es suficiente en la ausencia de otros factores para demostrar que el LPR ha mantenido su categoría. El LPR debe de también demostrar que vuelve a una residencia permanente legal in los Estados Unidos sin renuncio. La pregunta de demostrar una residencia sin renuncio depende normalmente si los lazos son razonablemente indicativos del deseo e intento del LPR al volver después de una ausencia temporal en el extranjero. Hay tres consideraciones principales en tomar esa determinación:
La ubicación de los lazos del LPR, como familia, trabajo, y propiedad son esenciales indicaciones de intención. Por ejemplo, el LPR debe tener una razón definitiva para viajar temporaria mente al extranjero, así sea por educación y entrenamiento profesional, o por un trabajo temporáneo. Empleo por un periodo definitivo, aunque sea de alguna manera extendido, seria un propósito suficiente para partir, siempre y cuando una fecha fija de terminación esta razonablemente clara antes de tomar un empleo en el extranjero. Adicionalmente, empleo indefinido en el extranjero, cuando asignado por un empleador estadounidense, es también un propósito adecuado por ausencia del país. El LPR debe de poseer la intención a volver a los Estados Unidos al tiempo de partir, y debe mantener esa intención mientras esta fuera de los Estados Unidos. Mientras que la intención del LPR es un factor subjetivo, debe de ser distinguido de manifestaciones objetivas de conducto. Un factor importante considerado es el pago continuo de impuestos como residente estadounidense por cada año en el cual el LPR reclama categoría de residencia legal. Cuando una persona con residencia permanente estadounidense permanece fuera de los Estados Unidos por un periodo de tiempo substancial y no archiva impuestos, el CIS es casi seguro de dictaminar que el individuo y ano es residente permanente. El adueño de propiedad, particularmente una residencia, es un factor positivo y persuasivo, así como en la ubicación de miembros cercanos familiares, el mantenimiento de cuentas bancarias estadounidenses, licencias de conducir, licencias profesionales y membresías, tarjetas de crédito y documentos similares. Recuerde que la regla de CIS que requiere que todos ciudadanos extranjeros en los Estados Unidos reporte cada cambio de dirección, le aplica mientras permanezca residente permanente. Es su obligación mantener el CIS informado de todos sus cambios de dirección en cuanto ocurren y definitivamente dentro de diez días de mudarse. Si algún día cambia de residencia debe de enviar por correo el formulario completo (Formularios CIS AR-11) por si mismo y cada miembro familiar a CIS como esta instruido en el formulario. Sea advertido, acciones recientes de CIS indican que la agencia empezara a hacer cumplir este requerimiento como aplicable a todos no ciudadanos. Una hoja de información de cambio de dirección que explica mejor los requerimientos de CIS y formularios AR-11 está adjuntos para su conveniencia. Desafortunadamente no hay una regla "línea brillante " que define cuando se ha abandonado la residencia permanente. El LPR debe de retener tantas indicaciones objetivas que pueda de la residencia estadounidense, obtener un permiso de volver a entrar si piensa salir de los Estados Unidos por mas de 12 meses, y debe de pasar todo el tiempo posible en los Estados Unidos. |
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