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Thursday, November 20, 2008
Immigration Law



REGISTRO ESPECIAL PARA CIERTOS NO-INMIGRANTES
A partir del 18 de Diciembre de 2002

Marko C. Maglich, White & Case LLP

La información contenida aquí sólo tiene propósitos ilustrativos; no constituye asesoría legal.

Los requisitos aplican sólo a los extranjeros no-inmigrantes como por ejemplo, a quienes no son Residentes Legales Permanentes y Ciudadanos Americanos. Hay requisitos de re-registro y registros de salida en curso después del registro inicial mencionado abajo. Específicamente, (1) 30 a 40 días después del registro inicial, (2) cada doce meses después del registro inicial, (3) en ciertos eventos tales como cambios de dirección, de escuela o de empleo, y (4) al partir de los Estados Unidos. El registro inicial incluye tomarle las huellas digitales y ser fotografiado. El propósito de esta tabla es indicar quien está, de acuerdo a notificaciones publicadas y guías internas del DOJ, sujeto a los requisitos, y cómo deben registrarse inicialmente esas personas. A los no-inmigrantes que no han sido identificados aquí se les puede requerir ser registrados si reúnen ciertos requisitos "pre-existentes "

Nótese que las limitaciones de edad y sexo son diferentes para nacionales de diferentes países, y diferentes para aquellos del mismo país dependiendo si ellos ya estaban aquí o si están siendo registrados al llegar. Por ejemplo, todos los no-inmigrantes sirios deben registrarse al ingresar, pero como todos aquellos que ya estaban en los Estados Unidos antes del 11 de Septiembre de 2002, sólo los no-inmigrantes sirios nacidos antes del 15 de noviembre de 1986 necesitan registrarse. Tenga en cuenta también que para aquellos que deben registrarse a su llegada, los oficiales de inmigración a todo aquel que a su juicio es de un país designado. Otros factores de discreción intervienen también.

No sujetos a los requisitos:

  1. No inmigrantes con estatus diplomático ( "A " o "G ") vigente.
  2. La mayoría de los asilados y solicitantes de asilo pendientes, dependiendo de la fecha en que se le concede el asilo o la fecha de aplicación.

Nacionalidades específicamente cubiertas, y parámetros básicos, se indican a continuación:

País de Nacionalidad o Ciudadanía

Quién debe Registrarse

Registro Inicial

Observaciones

Afganistán

Hombres No-Inmigrantes, nacidos en o antes del 2 de Diciembre de 1986 que fueron admitidos en los Estados Unidos en o antes del 30 de Septiembre de 2002 y que permanecerán en los Estados Unidos hasta al menos el 10 de Enero de 2003.

"Llamada " a registrarse: Deben presentarse ante un oficial de inmigración en una de las oficinas especificadas del CIS en los Estados Unidos en o antes del 10 de Enero de 2003.

A nadie que haya sido admitido después del 30 de Septiembre de 2002, se le exige el registro, y no es requisito aún registrarse al ingresar a los Estados Unidos. Sin embargo, a cualquiera se le puede exigir registrarse al ingreso basado en las instrucciones distribuidas a los oficiales de inspección.

Algeria

Hombres No-Inmigrantes, nacidos en o antes del 2 de Diciembre de 1986, que fueron admitidos en los Estados Unidos en o antes del 30 de Septiembre de 2002 y que permanecerán en los Estados Unidos hasta al menos el 10 de Enero de 2003.

"Llamada " a registrarse: Deben presentarse ante un oficial de inmigración en una de las oficinas del CIS especificadas en los Estados Unidos en o antes del 10 de enero de 2003.

A nadie que haya sido admitido después del 30 de Septiembre de 2002, se le exige el registro, y no es requisito aún registrarse al ingresar a los Estados Unidos. Sin embargo, a cualquiera se le puede exigir registrarse al ingreso basado en las instrucciones distribuidas a los oficiales de inspección.

Bahrein

Hombres No-Inmigrantes, nacidos en o antes del 2 de Diciembre de 1986, que fueron admitidos en los Estados Unidos en o antes del 30 de Septiembre de 2002 y que permanecerán en los Estados Unidos hasta al menos el 10 de Enero de 2003.

"Llamada " a registrarse: Deben presentarse ante un oficial de inmigración en una de las oficinas del CIS especificadas en los Estados Unidos en o antes del 10 de enero de 2003.

A nadie que haya sido admitido después del 30 de Septiembre de 2002, se le exige el registro, y no es requisito aún registrarse al ingresar a los Estados Unidos. Sin embargo, a cualquiera se le puede exigir registrarse al ingreso basado en las instrucciones distribuidas a los oficiales de inspección.

Eritrea

Hombres No-Inmigrantes, nacidos en o antes del 2 de Diciembre de 1986, que fueron admitidos en los Estados Unidos en o antes del 30 de Septiembre de 2002 y que permanecerán en los Estados Unidos hasta al menos el 10 de Enero de 2003.

"Llamada " a registrarse: Deben presentarse ante un oficial de inmigración en una de las oficinas del CIS especificadas en los Estados Unidos en o antes del 10 de enero de 2003.

A nadie que haya sido admitido después del 30 de Septiembre de 2002, se le exige el registro, y no es requisito aún registrarse al ingresar a los Estados Unidos. Sin embargo, a cualquiera se le puede exigir registrarse al ingreso basado en las instrucciones distribuidas a los oficiales de inspección.

Irán

Hombres No-Inmigrantes, nacidos en o antes del 15 de Noviembre de 1986, que fueron admitidos en los Estados Unidos en o antes del 10 de Septiembre de 2002 y que permanecerán en los Estados Unidos hasta al menos el 16 de Diciembre de 2003.

 

"Llamada " a registrarse: Deben presentarse ante un oficial de inmigración en una de las oficinas del CIS especificadas en los Estados Unidos en o antes del 16 de Diciembre de 2003.

 

Nótese que este grupo, por ejemplo, aquellos que ingresaron antes del 11 de septiembre de 2002, incluye sólo a varones alrededor de los 16 años de edad o mayores.

Todos los extranjeros no inmigrantes (no se especifica edad ni sexo), que ingresan a los Estados Unidos en o antes del 11 de Septiembre de 2002.

Registro al llegar: Deben registrarse con un oficial de inmigración en el puerto de entrada, al arribar.

Nótese que este grupo, por ejemplo, aquellos que ingresan en o después del 11 de Septiembre de 2002, incluye tanto hombres como mujeres y no tiene límites de edad.

Irak

Hombres no - inmigrantes nacidos en o antes del 15 de Noviembre de 1986, que fueron admitidos en los Estados Unidos en o antes del 10 de Septiembre de 2002, y que permanecerán en los Estados Unidos al menos hasta el 16 de Diciembre de 2002.

"Llamada " a registrarse: Deben presentarse ante un oficial de inmigración en una de las oficinas del CIS especificadas en los Estados Unidos en o antes del 16 de Diciembre de 2002.

Nótese que este grupo incluye, por ejemplo aquellos que ingresaron antes del 11 de Septiembre de 2002, sólo hombres de alrededor de 16 años o mayores.

Todos los extranjeros no-inmigrantes (no se especifica sexo o edad), que ingresan a los Estados Unidos en o después del 11 de Septiembre de 2002.

Registro al arribo: Deben registrarse con un oficial de inmigración en el puerto de entrada, al arribar.

Nótese que este grupo, por ejemplo aquellos que ingresaron en o antes del 11 de Septiembre de 2001, incluye tanto hombres como mujeres y no tiene límite de edad.

Líbano

Hombres No-Inmigrantes, nacidos en o antes del 2 de Diciembre de 1986, que fueron admitidos en los Estados Unidos en o antes del 30 de Septiembre de 2002 y que permanecerán en los Estados Unidos hasta al menos el 10 de Enero de 2003.

"Llamada " a registrarse: Deben presentarse ante un oficial de inmigración en una de las oficinas del CIS especificadas en los Estados Unidos en o antes del 10 de Enero de 2003.

A nadie que haya sido admitido después del 30 de Septiembre de 2002, se le exige el registro, y no es requisito aún registrarse al ingresar a los Estados Unidos. Sin embargo, a cualquiera se le puede exigir registrarse al ingreso basado en las instrucciones distribuidas a los oficiales de inspección.

Libia

Hombres no - inmigrantes nacidos en o antes del 15 de Noviembre de 1986, que fueron admitidos en los Estados Unidos en o antes del 10 de Septiembre de 2002, y que permanecerán en los Estados Unidos al menos hasta el 16 de Diciembre de 2002.

"Llamada " a registrarse: Deben presentarse ante un oficial de inmigración en una de las oficinas del CIS especificadas en los Estados Unidos en o antes del 16 de Diciembre de 2002.

Nótese que este grupo incluye, por ejemplo aquellos que ingresaron antes del 11 de Septiembre de 2002, sólo hombres de alrededor de 16 años o mayores.

Todos los extranjeros no-inmigrantes (no se especifica sexo o edad), que ingresan a los Estados Unidos en o después del 11 de Septiembre de 2002.

Registro al arribo: Deben registrarse con un oficial de inmigración en el puerto de entrada, al arribar.

Nótese que este grupo, por ejemplo aquellos que ingresaron en o antes del 11 de Septiembre de 2001, incluye tanto hombres como mujeres y no tiene límite de edad.

Marruecos

Hombres No-Inmigrantes, nacidos en o antes del 2 de Diciembre de 1986, que fueron admitidos en los Estados Unidos en o antes del 30 de Septiembre de 2002 y que permanecerán en los Estados Unidos hasta al menos el 10 de Enero de 2003.

"Llamada " a registrarse: Deben presentarse ante un oficial de inmigración en una de las oficinas del CIS especificadas en los Estados Unidos en o antes del 10 de Enero de 2003.

A nadie que haya sido admitido después del 30 de Septiembre de 2002, se le exige el registro, y no es requisito aún registrarse al ingresar a los Estados Unidos. Sin embargo, a cualquiera se le puede exigir registrarse al ingreso basado en las instrucciones distribuidas a los oficiales de inspección.

Corea del Norte

Hombres No-Inmigrantes, nacidos en o antes del 2 de Diciembre de 1986, que fueron admitidos en los Estados Unidos en o antes del 30 de Septiembre de 2002 y que permanecerán en los Estados Unidos hasta al menos el 10 de Enero de 2003.

"Llamada " a registrarse: Deben presentarse ante un oficial de inmigración en una de las oficinas del CIS especificadas en los Estados Unidos en o antes del 10 de Enero de 2003.

A nadie que haya sido admitido después del 30 de Septiembre de 2002, se le exige el registro, y no es requisito aún registrarse al ingresar a los Estados Unidos. Sin embargo, a cualquiera se le puede exigir registrarse al ingreso basado en las instrucciones distribuidas a los oficiales de inspección.

Omán

Hombres No-Inmigrantes, nacidos en o antes del 2 de Diciembre de 1986, que fueron admitidos en los Estados Unidos en o antes del 30 de Septiembre de 2002 y que permanecerán en los Estados Unidos hasta al menos el 10 de Enero de 2003.

"Llamada " a registrarse: Deben presentarse ante un oficial de inmigración en una de las oficinas del CIS especificadas en los Estados Unidos en o antes del 10 de Enero de 2003.

A nadie que haya sido admitido después del 30 de Septiembre de 2002, se le exige el registro, y no es requisito aún registrarse al ingresar a los Estados Unidos. Sin embargo, a cualquiera se le puede exigir registrarse al ingreso basado en las instrucciones distribuidas a los oficiales de inspección.

Pakistán

Hombres No-Inmigrantes, nacidos en o antes del 13 de Enero de 1987, que fueron admitidos en los Estados Unidos en o antes del 30 de Septiembre de 2002, y que permanecerán en los Estados Unidos hasta después del 21 de Febrero de 2003.

"Llamada " a registrarse: Deben presentarse ante un oficial de inmigración en una de las oficinas del CIS especificadas en los Estados Unidos entre el 10 de Enero y 21 de Febrero de 2003 inclusive.

Nótese que este grupo, por ejemplo, aquellos que ingresaron en o después de 10/1/2002, incluye sólo hombres que estén entre los 16 y 45 años de edad al ingresar. Un hombre de 46 años de edad que ingrese en o después de 10/1/2002 que no es registrado al ingreso, no tendrá que acudir a la llamada a registrarse bajo las órdenes existentes.

Hombres no-inmigrantes, de 16 a 45 años de edad que ingresan a los Estados Unidos en o después del 1 de Octubre de 2002.

Registro al arribar: Deben registrarse con un oficial de inmigración en el puerto de entrada, al arribar.

Nótese que este grupo, por ejemplo, aquellos que ingresaron en o después del 10/1/2002, incluye sólo hombres entre los 16 y 45 años de edad al ingresar.

Qatar

Hombres No-Inmigrantes, nacidos en o antes del 2 de Diciembre de 1986, que fueron admitidos en los Estados Unidos en o antes del 30 de Septiembre de 2002 y que permanecerán en los Estados Unidos hasta al menos el 10 de Enero de 2003.

"Llamada " a registrarse: Deben presentarse ante un oficial de inmigración en una de las oficinas del CIS especificadas en los Estados Unidos en o antes del 10 de Enero de 2003.

A nadie que haya sido admitido después del 30 de Septiembre de 2002, se le exige el registro, y no es requisito aún registrarse al ingresar a los Estados Unidos. Sin embargo, a cualquiera se le puede exigir registrarse al ingreso basado en las instrucciones distribuidas a los oficiales de inspección.

Arabia Saudita

Hombres No-Inmigrantes, nacidos en o antes del 13 de Enero de 1987, que fueron admitidos en los Estados Unidos en o antes del 30 de Septiembre de 2002, y que permanecerán en los Estados Unidos hasta después del 21 de Febrero de 2003.

"Llamada " a registrarse: Deben presentarse ante un oficial de inmigración en una de las oficinas del CIS especificadas en los Estados Unidos entre el 10 de Enero y 21 de Febrero de 2003 inclusive.

Nótese que este grupo incluye, por ejemplo aquellos que ingresaron después del 10/1/2002, sólo hombres de alrededor de 16 años o mayores.

Hombres No-Inmigrantes de 16 a 45 años de edad, que ingresaron a los Estados Unidos en o después del 1 de Octubre de 2002.

Registro al arribar: Deben registrarse con un oficial de inmigración en el puerto de entrada, al arribar.

Nótese que este grupo, por ejemplo, aquellos que ingresaron en o después de 10/1/2002, incluye sólo hombres que estén entre los 16 y 45 años de edad al ingresar. Un hombre de 46 años de edad que ingrese en o después de 10/1/2002 que no es registrado al ingreso, no tendrá que acudir a la llamada a registrarse bajo las órdenes existentes.

Somalia

Hombres No-Inmigrantes, nacidos en o antes del 2 de Diciembre de 1986, que fueron admitidos en los Estados Unidos en o antes del 30 de Septiembre de 2002 y que permanecerán en los Estados Unidos hasta al menos el 10 de Enero de 2003.

"Llamada " a registrarse: Deben presentarse ante un oficial de inmigración en una de las oficinas del CIS especificadas en los Estados Unidos en o antes del 10 de Enero de 2003.

A nadie que haya sido admitido después del 30 de Septiembre de 2002, se le exige el registro, y no es requisito aún registrarse al ingresar a los Estados Unidos. Sin embargo, a cualquiera se le puede exigir registrarse al ingreso basado en las instrucciones distribuidas a los oficiales de inspección.

Sudán

Hombres no - inmigrantes nacidos en o antes del 15 de Noviembre de 1986, que fueron admitidos en los Estados Unidos en o antes del 10 de Septiembre de 2002, y que permanecerán en los Estados Unidos al menos hasta el 16 de Diciembre de 2002.

"Llamada " a registrarse: Deben presentarse ante un oficial de inmigración en una de las oficinas del CIS especificadas en los Estados Unidos en o antes del 16 de Diciembre de 2002.

Nótese que este grupo incluye, por ejemplo aquellos que ingresaron antes del 11 de Septiembre de 2002, sólo hombres de alrededor de 16 años o mayores.

Todos los extranjeros no-inmigrantes (no se especifica sexo o edad), que ingresan a los Estados Unidos en o después del 11 de Septiembre de 2002.

Registro al arribar: Deben registrarse con un oficial de inmigración en el puerto de entrada, al arribar.

Nótese que este grupo, por ejemplo aquellos que ingresaron en o antes del 11 de Septiembre de 2001, incluye tanto hombres como mujeres y no tiene límite de edad.

Siria

Hombres no - inmigrantes nacidos en o antes del 15 de Noviembre de 1986, que fueron admitidos en los Estados Unidos en o antes del 10 de Septiembre de 2002, y que permanecerán en los Estados Unidos al menos hasta el 16 de Diciembre de 2002.

"Llamada " a registrarse: Deben presentarse ante un oficial de inmigración en una de las oficinas del CIS especificadas en los Estados Unidos en o antes del 16 de Diciembre de 2002.

Nótese que este grupo incluye, por ejemplo aquellos que ingresaron antes del 11 de Septiembre de 2002, sólo hombres de alrededor de 16 años o mayores.

Todos los extranjeros no-inmigrantes (no se especifica sexo o edad), que ingresan a los Estados Unidos en o después del 11 de Septiembre de 2002.

Registro al arribar: Deben registrarse con un oficial de inmigración en el puerto de entrada, al arribar.

Nótese que este grupo, por ejemplo aquellos que ingresaron en o después del 11 de Septiembre de 2001, incluye tanto hombres como mujeres y no tiene límite de edad.

Tunisia

Hombres No-Inmigrantes, nacidos en o antes del 2 de Diciembre de 1986, que fueron admitidos en los Estados Unidos en o antes del 30 de Septiembre de 2002 y que permanecerán en los Estados Unidos hasta al menos el 10 de Enero de 2003.

"Llamada " a registrarse: Deben presentarse ante un oficial de inmigración en una de las oficinas del CIS especificadas en los Estados Unidos en o antes del 10 de Enero de 2003.

A nadie que haya sido admitido después del 30 de Septiembre de 2002, se le exige el registro, y no es requisito aún registrarse al ingresar a los Estados Unidos. Sin embargo, a cualquiera se le puede exigir registrarse al ingreso basado en las instrucciones distribuidas a los oficiales de inspección.

Emiratos árabes Unidos

Hombres No-Inmigrantes, nacidos en o antes del 2 de Diciembre de 1986, que fueron admitidos en los Estados Unidos en o antes del 30 de Septiembre de 2002 y que permanecerán en los Estados Unidos hasta al menos el 10 de Enero de 2003.

"Llamada " a registrarse: Deben presentarse ante un oficial de inmigración en una de las oficinas del CIS especificadas en los Estados Unidos en o antes del 10 de Enero de 2003.

A nadie que haya sido admitido después del 30 de Septiembre de 2002, se le exige el registro, y no es requisito aún registrarse al ingresar a los Estados Unidos. Sin embargo, a cualquiera se le puede exigir registrarse al ingreso basado en las instrucciones distribuidas a los oficiales de inspección.

Yemen

Hombres No-Inmigrantes, nacidos en o antes del 2 de Diciembre de 1986, que fueron admitidos en los Estados Unidos en o antes del 30 de Septiembre de 2002 y que permanecerán en los Estados Unidos hasta al menos el 10 de Enero de 2003.

"Llamada " a registrarse: Deben presentarse ante un oficial de inmigración en una de las oficinas del CIS especificadas en los Estados Unidos en o antes del 10 de Enero de 2003.

Nótese que este grupo, por ejemplo, aquellos que ingresaron antes del 10/1/2002, incluye sólo hombres alrededor de los 16 años de edad o mayores.

Hombres No-Inmigrantes de 16 a 45 años de edad, que ingresaron a los Estados Unidos en o después del 1 de Octubre de 2002.

Registro al arribar: Deben registrarse con un oficial de inmigración en el puerto de entrada, al arribar.

Nótese que este grupo, por ejemplo, aquellos que ingresaron en o después de 10/1/2002, incluye sólo hombres que estén entre los 16 y 45 años de edad al ingresar. Un hombre de 46 años de edad que ingrese en o después de 10/1/2002 que no es registrado al ingreso, no tendrá que acudir a la llamada a registrarse bajo las órdenes existentes.

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