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El 15 de junio de 2012, el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) anunció un plan para detener la deportación de jóvenes que cumplen con una lista de criterios y, si son aprobados, se les otorga una prórroga de su expulsión y la autorización para trabajar durante dos años. Este programa fue diseñado para ayudar a los solicitantes que llegaron a los Estados Unidos a una temprana edad y crecieron en este país para contribuir a sus comunidades, perseguir y completar su educación y entrar legalmente en la fuerza laboral. Los detalles del plan fueron finalmente anunciados el 3 de agosto de 2012. Esta política es una forma de alivio administrativo conocida como acción diferida. Hace algunos años, Trump intentó poner fin a ella de la manera incorrecta, y el Tribunal Supremo le dijo al Presidente que si quiere poner fin a ella, debe seguir la ley. Por lo tanto, aunque el destino final del programa DACA sigue pendiente en el sistema judicial federal, por ahora, DACA sigue vigente para aquellos que inicialmente presentaron una solicitud y fueron aprobados, y, por lo tanto, son elegibles para su renovación continua.

¿QUÉ ES LA ACCIÓN DIFERIDA EN GENERAL?

La acción diferida es una autoridad discrecional que el Departamento de Seguridad Nacional utiliza de vez en cuando para permitir que ciertas personas merecedoras tengan el derecho de vivir y trabajar en los Estados Unidos por un período determinado. La acción diferida no otorga a nadie un estatus legal ni un camino hacia la ciudadanía. Tampoco impide que el DHS vuelva a iniciar procedimientos de expulsión contra las personas. De hecho, alguien puede cumplir con todos los requisitos para la acción diferida que se detallan a continuación, pero el DHS tiene la última palabra sobre si otorgar la acción diferida. Las personas que califican y a las que se les concede la acción diferida no acumulan presencia ilegal y son elegibles para la autorización de trabajo.

¿Quién es elegible para daca?

Las personas deben cumplir con todos los criterios que se detallan a continuación para calificar:

  • Deben tener menos de 31 años a partir del 15 de junio de 2012.
  • Deben haber llegado a los Estados Unidos antes de los 16 años.
  • Si no están en proceso de expulsión, deben tener al menos 15 años para presentar una solicitud.
  • Deben haber vivido en los Estados Unidos de manera continua durante cinco años consecutivos a partir de la fecha del memorando del 15 de junio de 2012.
  • Deben haber estado presentes en los Estados Unidos el 15 de junio de 2012.
  • No deben haber sido condenidos por un delito grave, un delito menor “significativo” o tres o más delitos menores no cometidos en la misma fecha ni surgidos del mismo acto, omisión o esquema de mala conducta.
  • No deben representar una amenaza para la seguridad nacional o la seguridad pública.
  • Deben estar actualmente en la escuela, haberse graduado de la escuela secundaria o haber obtenido un certificado de desarrollo de educación general (GED), o ser un veterano honorablemente dado de baja de la Guardia Costera o las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos.

¿QUÉ PUEDES HACER CON UN PERMISO DE TRABAJO (EAD)?

  • Completar el Formulario I-9 para trabajar legalmente.
  • Obtener un número de Seguro Social de la Administración del Seguro Social.
  • Posiblemente obtener una licencia de conducir y una identificación estatal en la mayoría de los estados en el Departamento de Vehículos Motorizados (aún se están resolviendo problemas con el Departamento de Servicios del Conductor de Georgia).

¿PUEDO OBTENER UN DOCUMENTO DE VIAJE?

Los solicitantes aprobados para DACA también son elegibles para solicitar el Perdón Adelantado (Advance Parole). Si se aprueba, esto les permitiría viajar brevemente fuera de los Estados Unidos y posteriormente reingresar con una admisión legal. Esto puede ser un cambio de juego para los beneficiarios de DACA que luego se vuelven elegibles para formas permanentes de alivio en los Estados Unidos y deben poder demostrar una entrada legal. Tenga en cuenta que la elegibilidad para el perdón adelantado (procesamiento regular o de emergencia) debe establecerse con evidencia de la necesidad de viajar, como un familiar enfermo, un familiar que está por viajar o que ha fallecido, posibles viajes de trabajo o estudios en el extranjero.

¿Y SI TENGO ANTECEDENTES PENALES?

Se recomienda encarecidamente que las personas con antecedentes penales consulten a un abogado de inmigración antes de solicitar cualquier beneficio.

DELITO GRAVE (FELONY)

Las personas condenadas por un delito grave no son elegibles para el programa. Un delito grave se define ampliamente por el gobierno como un “delito penal federal, estatal o local castigado con prisión por un período superior a un año”. Si un estado castiga un delito con más de un año de prisión, se consideraría un delito grave según la ley federal.

DELITO MENOR SIGNIFICATIVO (SIGNIFICANT MISDEMEANOR)

Las personas con un delito menor significativo no son elegibles para el programa. Un delito menor significativo es un “delito penal federal, estatal o local castigado con no más de un año de prisión o incluso sin prisión, que involucra violencia, amenazas o agresión, incluyendo violencia doméstica; abuso o explotación sexual; allanamiento, hurto o fraude; DUI; obstrucción de la justicia, huida ilegal, posesión ilegal de un arma de fuego; posesión de drogas o tráfico de drogas”. La pena máxima de prisión bajo la ley federal es de más de 5 días y menos de un año (independientemente de la sentencia), violencia doméstica, drogas, delitos violentos o DUI. O cualquier delito por el cual la persona sea condenada a más de 90 días de custodia. ¡Esto es MUY restrictivo! Pero se revisará todo el historial criminal.

MÚLTIPLES DELITOS MENORES

Las personas que han sido condenadas por “tres o más delitos menores que no ocurrieron en la misma fecha y no surgieron del mismo acto, omisión o esquema de mala conducta” no son elegibles para ser consideradas para la acción diferida bajo el nuevo proceso.

LO QUE NECESITA PARA PRESENTAR LA ACCIÓN DIFERIDA

Tarifa de presentación: la tarifa de presentación es de $495.

Haga lo posible para reunir tantos de estos elementos como pueda para demostrar su elegibilidad para el Programa de Acción Diferida de Obama;

  1. Cuestionario en línea (proporcionado por nuestra oficina electrónicamente, para ser completado por usted);
  2. Dos fotografías tamaño pasaporte;
  3. Copia de la página biográfica del pasaporte y cualquier visa anterior y Formularios I-94;
  4. Copia del acta de nacimiento;
  5. Copia del acta de matrimonio o divorcio, si corresponde;
  6. Copia de cada caso judicial registrado, en particular, cualquier condena penal, y copias de todos los informes policiales, y pruebas de que todas las multas de tráfico han sido pagadas;
  7. Copia de los registros escolares, prueba de inscripción, registros de asistencia, boletines de calificaciones, premios desde la escuela secundaria (y hasta la universidad, si corresponde). Puede obtener esto yendo al registro de su escuela y solicitándolo;
  8. Copia del diploma o GED (si corresponde); si no se graduó de la escuela secundaria y aún no tiene un GED, ¡OBTÉNGALO! También puede inscribirse en clases de GED y esto cumple con este requisito. Esta es una lista de todos los lugares que ofrecen el examen de GED: https://tcsg.edu/ged_testing_centers.php;
  9. Copia de las transcripciones universitarias, título y cualquier otra evidencia de que haya asistido a cursos posteriores a la escuela secundaria, si corresponde;
  10. Prueba de presencia antes del 15 de junio de 2007
  • Declaraciones de impuestos presentadas por usted, o que incluyen su nombre, desde 2006 en adelante;
  • Arrendamientos anteriores, recibos, registros que daten antes de esa fecha; que muestren que vivía en los Estados Unidos;
  • Declaraciones juradas de parientes, amigos, maestros, empleadores, vecinos que atestigüen su presencia en los Estados Unidos (por su cuenta, excepto en lo que respecta a una brecha en el proceso o una partida breve, casual o inocente);
  • Actas de nacimiento de hijos y/o hermanos que daten antes de junio de 2007;
  • Fotografías que lo sitúen en los Estados Unidos antes de 2007; y
  • Cualquier otro documento que demuestre que estuvo físicamente en los Estados Unidos antes de cumplir 16 años.