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Para aquellos que buscan refugio seguro debido a persecuciones en sus países de origen, el asilo puede proporcionar alivio y protección. Para calificar para el asilo, una persona debe estar dispuesta o ser incapaz de regresar a su país de origen debido a la persecución que esa persona sufrió en el pasado, o debido a un temor bien fundamentado de persecución futura. Es importante tener en cuenta que la persecución que una persona ha sufrido o sufrirá debe ser debido a:

  1. Raza
  2. Religión
  3. Nacionalidad
  4. Pertenencia a un grupo social en particular, o
  5. Opinión política

Los casos de asilo dependen en gran medida de la documentación para respaldar la afirmación de una persona de persecución pasada o de un temor fundado a la persecución futura debido a uno de los motivos protegidos mencionados. Es importante tener en cuenta que las personas con un temor general a las condiciones peligrosas en su país o las personas que han estado involucradas en disputas privadas no deben solicitar asilo. También es importante señalar que la inmigración revisará su caso para determinar si podría evitar la persecución en su país de origen simplemente mudándose a una parte diferente del país y si su propio gobierno podría protegerlo del daño.

Si cree que podría tener un reclamo de asilo, comuníquese con los abogados de Kuck Immigration Partners. Deberá discutir su caso en profundidad y en persona con un abogado para determinar si tiene un caso sólido. Cuando se reúna con el abogado, debe llevar cualquier documentación que pueda respaldar su afirmación de temor. Los abogados de Kuck Immigration Partners tienen años de experiencia en el manejo de una amplia gama de casos de asilo de todas partes del mundo. Debe sentirse seguro sabiendo que recibirá el mejor asesoramiento posible sobre si podría calificar para el asilo.

Desde 1990, el gobierno de EE. UU. ha otorgado a varios países el Estatus de Protección Temporal (TPS, por sus siglas en inglés). El TPS es un estatus temporal otorgado a individuos de países que están lidiando con emergencias como guerras o desastres naturales. La idea detrás del TPS es que el regreso del individuo a su país lo pondría en peligro o riesgo, por lo que el gobierno de EE. UU. proporcionará al individuo una forma temporal de permanecer de manera segura en EE. UU.

El gobierno de EE. UU., específicamente el Departamento de Seguridad Nacional, ha designado a los ciudadanos de los siguientes países como elegibles para el TPS, siempre que cumplan con los demás requisitos:

  • El Salvador
  • Haiti
  • Honduras
  • Nicaragua
  • Somalia
  • Sudan
  • South Sudan
  • Syria

Si es originario de uno de los países mencionados, es posible que sea elegible para solicitar el TPS, siempre y cuando también cumpla con los siguientes requisitos:

  • Establecer presencia física continua en los Estados Unidos desde la fecha efectiva de la designación de TPS para tu país.
  • No tener ciertas condenas penales.
  • Presentar la solicitud de TPS de manera oportuna durante el período de registro especificado.
  • Establecer residencia continua en los Estados Unidos.

Una vez que se haya concedido el TPS, a una persona se le proporcionará un permiso de trabajo por el tiempo que se haya designado el TPS. Las personas que obtengan el permiso de trabajo también pueden solicitar autorización de viaje en ciertas circunstancias y podrían ser autorizadas para viajar fuera de los Estados Unidos. Es importante tener en cuenta que si ha obtenido el TPS, DEBE prestar mucha atención a las fechas de vencimiento y los períodos de renovación, ya que si deja pasar un período de renovación, es posible que no puedas recuperar tu TPS.

Si cree que podría calificar para el TPS, comuníquese con Kuck Immigration Partners lo antes posible para discutir su caso con nuestros experimentados abogados de inmigración.

TPS: ESTADO DE PROTECCIÓN TEMPORAL

¿Qué es el TPS?

El Secretario de Seguridad Nacional puede designar un país extranjero para el TPS debido a condiciones en el país que impiden temporalmente que los nacionales del país regresen de manera segura. El Secretario puede designar un país para el TPS debido a las siguientes condiciones temporales en el país: conflicto armado en curso, desastre ambiental (como terremotos o huracanes), una epidemia u otras condiciones extraordinarias y temporales.

El TPS es un beneficio temporal que no conduce al estatus de residente permanente legal ni otorga ningún otro estatus migratorio. Sin embargo, la inscripción en el TPS no le impide: solicitar estatus no inmigrante, presentar una solicitud de ajuste de estatus basada en una petición de inmigrante, solicitar cualquier otro beneficio migratorio o protección para los que pueda ser elegible.

¿Cuáles son los beneficios del TPS?

Las personas que son beneficiarias del TPS:

  • No pueden ser deportadas de los Estados Unidos
  • Pueden obtener un Documento de Autorización de Empleo (EAD)
  • Pueden ser otorgadas autorización de viaje
  • No pueden ser detenidas debido a su estatus migratorio en los Estados Unidos

Los beneficios de la autorización de empleo incluyen:

  • Trabajar legalmente al presentar el Formulario I-9 con un empleador
  • Obtener un número de Seguro Social
  • Obtener una licencia de conducir e identificación estatal

¿Quién es elegible para el TPS?

Para ser elegible para el TPS, debe:

  • Ser nacional de un país designado para el TPS
    • El Salvador
    • Haiti
    • Honduras
    • Syria
    • Somalia
    • Sudan
    • South Sudan
    • Nicaragua
  • Presentar la solicitud durante el período de inscripción inicial o de reinscripción abierto, o cumplir con los requisitos para presentar la solicitud inicial tardía durante cualquier extensión de la designación del TPS de su país
  • Haber estado continuamente presente físicamente en los Estados Unidos desde la fecha efectiva de la designación más reciente de su país
  • Haber estado residiendo continuamente en los Estados Unidos desde la fecha especificada para su país. La ley permite una excepción a los requisitos de presencia física continua y residencia continua para salidas breves, casuales e inocentes de los Estados Unidos.

Es posible que NO sea elegible si:

  • Ha sido condenado por un delito grave o dos o más delitos menores cometidos en los Estados Unidos
  • Es considerado inadmisible como inmigrante bajo las causales aplicables en la sección 212(a) de la INA.
  • Ha participado en la persecución de otra persona o has participado en o incitado actividades terroristas.

¿Qué documentos se requieren?

Evidencia de Identidad y Nacionalidad

Necesitará una copia de su pasaporte, una copia de tu certificado de nacimiento acompañado de una identificación con fotografía, o cualquier documento de identidad nacional que tenga su fotografía o huella dactilar emitido por su país, incluyendo tales documentos emitidos por la Embajada o Consulado de tu país en los Estados Unidos.

Prueba de Fecha de Entrada

Necesitará una copia de su pasaporte, el Registro de Llegada/Salida I-94 o copias de los documentos especificados en la sección ‘Prueba de Residencia Continua’ a continuación.

Prueba de Residencia Continua
  • Registros de Empleo
  • Recibos de alquiler, facturas de servicios públicos, recibos o cartas de empresas
  • Registros escolares de las escuelas a las que usted o sus hijos han asistido en los Estados Unidos
  • Registros hospitalarios o médicos relacionados con el tratamiento o hospitalización suya o de sus hijos
  • Certificaciones de líderes de iglesias, sindicatos u otras organizaciones que le conozcan y sepan dónde ha estado residiendo.